Usufructo

17.10.2011 20:46

El usufructo es la utilidad o provecho que se obtiene de una cosa. Por ejemplo: “Estoy disfrutando del usufructo de mi pensión”, “El usufructo que otorga el negocio es muy grande, por eso hay tantos interesados en participar del proyecto”.

Usufructo

En el ámbito judicial, el usufructo es el derecho a disfrutar de los bienes ajenos con la obligación de conservarlos. Esto quiere decir que el usufructuario posee el bien en cuestión (tiene la posesión), puede utilizarlo y obtener sus frutos, pero no es su dueño (no es el propietario).

El usufructuario, por lo tanto, no tiene el derecho de enajenar o disminuir el bien sin el premiso del propietario. Sólo el propietario puede disponer del bien, gravarlo o enajenarlo de acuerdo a su voluntad.

El usufructo supone un desmembración temporal del dominio. El dueño tiene una propiedad pero no puede gozar de lo suyo, ya que el usufructuario es quien tiene el derecho, en ese momento, de obtener las utilidades. El beneficio del propietario, en definitiva, es a futuro.

Es posible distinguir entre el usufructo simple (cuando lo disfruta una única persona) y el usufructo múltiple (la propiedad es disfrutada por varias personas, sucesiva o simultáneamente).

Otra clasificación del usufructo permite distinguir entre el usufructo parcial (el usufructuario sólo puede hacer uso de una parte del bien) y el usufructo total (afecta al bien en su totalidad).

Por último, el usufructo legal es aquel impuesto por la ley, mientras que el usufructo voluntario se desarrolla a partir de un acto de voluntad (testamento) o un contrato bilateral.